Resolución 446/2025: nuevo marco para la publicidad de bienes y servicios – mayor transparencia para los consumidores

En noviembre de 2025, el Presidente de nuestra Asociación, Alejandro María Otte, participó de la reunión del Consejo Consultivo donde se analizó la entrada en vigor de la Resolución 446/2025, aprobada por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.  

Esta norma, publicada en el Boletín Oficial el 3 de noviembre y vigente a partir del 3 de diciembre de 2025, establece un nuevo régimen obligatorio para la publicidad de bienes y servicios que implique una oferta, en concordancia con lo previsto en el artículo 7° de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. 

Principales modificaciones introducidas:  

  1. Acceso obligatorio a información esencial: toda publicidad que ofrezca bienes o servicios deberá  permitir conocer, mediante una página web o un canal alternativo, la vigencia territorial y temporal de la oferta; los datos del oferente (nombre, domicilio, CUIT); las condiciones de comercialización y cualquier limitación de stock. 
  2. Mayor claridad visual en los anuncios: éstos podrán ser más simples debido a que ya no se exige que toda la información esté plasmada íntegramente en el aviso. Con la presente se prioriza la claridad, la comprensión y la accesibilidad de los datos indispensables, procurando evitar errores o confusiones al consumidor. 
  3. Aplicación a todos los medios: la norma alcanza a la publicidad gráfica, digital, radial, televisiva, vía pública, promociones de juegos y apuestas online, reventa de entradas y cualquier difusión que constituya una oferta. 
  4. Ofertas financiadas: cuando existan precios en cuotas, la publicidad puede remitir al canal alternativo para detallar precio final, cuotas y Costo Financiero Total (CFT), siempre de forma clara y accesible.

La presente Resolución representa un significativo avance para los derechos de los consumidores, toda vez que busca garantizar mayor transparencia en las ofertas publicitarias y facilitar el acceso a la información esencial sobre bienes y servicios. A partir de ahora, cada anuncio deberá permitir conocer de manera clara quién es el oferente, las condiciones de comercialización, la vigencia de la oferta y cualquier limitación aplicable, lo que contribuye a reducir confusiones y prácticas engañosas. Además, la obligación de brindar información accesible mediante páginas web o canales alternativos fortalece la seguridad jurídica del consumidor, quien podrá contratar con mayor confianza y exigir el cumplimiento estricto de lo publicitado. 

Desde CED celebramos el dictado de normativas que buscan reforzar el derecho a la información; y nos comprometemos a trabajar en el seguimiento de su implementación, a los fines que su cumplimiento sea real e implique la implementación de nuevas herramientas para que los consumidores conozcan y puedan hacer valer sus derechos. 

Invitamos a todas las personas a prestar especial atención a los avisos publicitarios. Antes de contratar o comprar cualquier bien o servicio, verificá que haya canal de información accesible, y que la oferta sea concreta y completa. 

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